La actividad investigadora de los detectives privados es perfectamente legal al estar amparada y regulada por la ley

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AP de Alicante, Sección 8ª, Tribunal de la marca Comunitaria, Auto 21/11, de medidas cautelares

La empresa demandante contrata los servicios de una agencia de Detectives Privados con el fin de demostrar la comercialización, por parte de otra empresa, de unos productos que supuestamente podrían vulnerar los derechos en materia de Propiedad Industrial de la contratante. (más…)

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Interior sanciona por intrusismo a una agencia de investigadores mercantiles por realizar labores exclusivas de los Detectives Privados.

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Noticia en La Región.es

La Unidad Central de Seguridad Privada de la Policía Nacional, adscrita al Ministerio del Interior, sanciona con 30.000 euros a una agencia de investigación mercantil por realizar actividades propias de las agencias de detectives, únicos profesionales que pueden realizar estos servicios de investigación privada. (más…)

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Infracción de marca: Condena a un grupo empresarial a pagar 360.000 euros por copiar el estilo de un restaurante

Audiencia Provincial de Alicante, Sección 8ª, Tribunal de Marca Comunitaria, sentencia 48/09, de 4 de febrero

«Con el informe del detective, una vez verificados los hechos y obtenidas las pertinentes pruebas, la empresa presenta una demanda en la que solicita el reconocimiento de la situación, la nulidad de las marcas infractoras, el cese en el uso de las mismas, la cancelación de los registros de dominios web, y la indemnización correspondiente» (más…)

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La actividad de investigación privada solamente puede ser realizada por detectives privados debidamente habilitados

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Juzgado de 1ª Instancia nº 56 de Madrid, sentencia del procedimiento 840/2007, de 19 de septiembre de 2008

La Asociación Española de Investigadores Comerciales y Mercantiles (ASEIC) interpone una demanda contra la Asociación Profesional de Detectives Privados de España (APDPE) por infracción contra el derecho al honor y la propia imagen, por la publicación en internet de una información en la que la APDPE calificaba a los investigadores mercantiles de “intrusos”, al llevar a cabo actividades propias de la investigación privada (más…)

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Despido procedente por infracción grave demostrado con grabaciones obtenidas por cámaras ocultas

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TSJM, Sala de lo Social, Sección 2ª, sentencia 696/2004, de 6 de julio

La empresa instala, a través del jefe de seguridad, un sistema de cámaras ocultas para probar el incumplimiento de las obligaciones laborales por parte de unos trabajadores. En base a las pruebas recogidas mediante las grabaciones, los trabajadores responsables son despedidos (más…)

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