Juzgado de lo Mercantil y de Marca Comunitaria nº 1 de Alicante, sentencia 16/13, de 16 de enero
Una empresa fabricante de automóviles y accesorios para los mismos contrata los servicios de un detective privado con el fin de demostrar la comercialización en España de llantas para automóviles, fabricadas por una empresa italiana, las cuales copiaban los diseños originales para dichos productos registrados por la empresa contratante.
El detective privado visita las instalaciones de un distribuidor de la italiana ubicado en España, verifica los hechos y obtiene prueba del ofrecimiento de las llantas infractoras mediante un catálogo del citado fabricante. Posteriormente también obtiene una muestra de las llantas interesadas, evidenciando mediante las circunstancias de la compra que efectivamente han sido suministradas por la empresa italiana.
El informe sirvió para, entre otras cosas, demostrar la procedencia de las llantas, que fue cuestionada por el fabricante italiano, el cual no las reconoció como suyas, hecho que el tribunal negó, dando credibilidad a lo evidenciado en el informe del detective.